Derecho de Repetición. ¿Puede repetir la Compañía de Seguros frente a su asegurado el importe de los daños que como consecuencia de un accidente haya pagado a un tercero perjudicado, en caso de existir embriaguez?

Derecho de Repetición. ¿Puede repetir la Compañía de Seguros frente a su asegurado el importe de los daños que como consecuencia de un accidente haya pagado a un tercero perjudicado, en caso de existir embriaguez?

Si el conductor asegurado ha arrojado un resultado positivo en la prueba de alcoholemia tras sufrir un accidente y tiene suscrito además del obligatorio, un seguro voluntario el Tribunal Supremo tiene establecido que la exclusión de cobertura por conducir bebido es...